Sobre la derogación de la Ley Foral de los docentes de religión
Por Carlos Guzmán Pérez, Coordinador General de Izquierda Unida de Navarra y Portavoz Parlamentario de Contigo Navarra – Zurekin Nafarroa

Frente al ruido político que está rodeando a la derogación de la Ley Foral de los docentes de religión, la defensa de los principios de igualdad, mérito y capacidad en al acceso a la función pública, y la diligente y transparente utilización de los fondos públicos de la administración foral, ideas en las que entendemos que nos encontraremos el conjunto de los y las demócratas, requieren de avances legislativos.
El pasado 3 de febrero, Contigo Navarra – Zurekin Nafarroa junto con el PSN-PSOE registramos en el Parlamento de Navarra una Proposición de Ley Foral para dar cumplimiento a uno de los acuerdos pendientes del Acuerdo Programático; la derogación de la Ley Foral 15/2022. Recordemos, esta Ley Foral del año 2022, aprobada en aquel momento con los votos de la por entonces Navarra Suma y Geroa Bai, tenía por objeto blindar los puestos de trabajo del profesorado de religión en los centros públicos de Navarra.
En el origen de esta problemática situación, se hallan dos cuestiones cuanto menos anómalas a ojos de nuestra coalición.
En primer lugar, debemos señalar la persistencia a día de hoy, en pleno año 2026, de las enseñanzas religiosas en las aulas en horario escolar. A pesar de que el punto 3 del Artículo 16 de la Constitución Española señala que ninguna confesión tendrá carácter estatal, hoy en día las enseñanzas religiosas siguen teniendo presencia en las aulas públicas. Ello, garantizado por el anacrónico Concordato entre el Estado español y la Santa Sede firmado en 1953, y actualizado en 1976 y 1979. Cuestión la del Concordato, que requiere evidentemente de otro debate concreto.
En segundo lugar, debemos señalar la selección discrecional del profesorado de religión por parte de Arzobispado de Pamplona y Tudela. La Orden Foral por la que se aprueban las normas para la adjudicación de destinos y movilidad sigue considerando requisito especifico; Haber sido propuesto por el Ordinario Diocesano para impartir la enseñanza de religión católica y haber obtenido la declaración eclesiástica de idoneidad”. Hoy en día, el Arzobispado sigue decidiendo que profesorado debe ser contratado por el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra. A pesar de que el punto 2 del Artículo 16 de la Constitución Española señala también que nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias, para obtener la Declaración Eclesiástica de Competencia Académica (DECA) el profesorado debe certificar su rectitud de doctrina y testimonio de vida cristiana.
En el acceso a la función pública en general y al ámbito educativo en particular, los principios de igualdad, mérito y capacidad deben primar siempre sobre cualquier otra cuestión. En el acceso al empleo público la igualdad de oportunidades y de objetivos deber estar blindada de manera transparente, garantizando que no existan discriminaciones de ningún tipo. En el caso del profesorado de las enseñanzas religiosas, se evidencia que en el acceso a su contratación laboral indefinida se discrimina de manera discrecional a quien no cuete con una rectitud de doctrina o testimonio de vida cristiana.
En un contexto socio-educativo como el actual, en el que la distinta legislación educativa va reduciendo la carga lectiva de las enseñanzas religiosas en el currículo educativo, se va generando una brecha progresiva entre la carga educativa real y los recursos docentes contratados actualmente por el Departamento de Educación. Esa brecha real, se calcula actualmente en unas 43 jornadas laborales o 1.020 horas y en un coste de en torno a 2 millones de euros, es utilizada por los centros educativos para encargar al profesorado de religión el desarrollo de otras tareas y funciones educativas y pedagógicas ajenas a las enseñanzas religiosas. Y precisamente en esta cuestión, reside en nuestra opinión el principal agravio comparativo; docentes contratados de manera discrecional para la impartición de enseñanzas religiosas, desarrollan tareas y funciones que deberían ser desarrollas por profesorado que su acceso a la docencia estuviera reglado por los principios de igualdad, mérito y capacidad.
La actual Proposición de Ley registrada no es una iniciativa política, pese a lo que algunos pretender presentar, contra ningún colectivo docente. Es una iniciativa política que pretende garantizar los principios de igualdad, mérito y capacidad en al acceso a la función pública, y que además pretende garantizar la diligente y transparente utilización de los fondos públicos de la administración foral.
En este momento, ante el alarmismo interesado de que quienes aventuran un despido o un recorte de jornadas laborales generalizado, resulta necesario interpelar al Arzobispado de Pamplona y Tudela. El Arzobispado, se encuentra en el origen de la selección discrecional de este colectivo docente, por lo que ante una eventual afección laboral sobre este colectivo, el propio Arzobispado debería concurrir cristianamente en la búsqueda de una solución que blinde laboralmente a estas hipotéticas personas afectadas, con sus propios fondos, en el ámbito de sus parroquias y en horario extraescolar.
En definitiva, frente al ruido político que está rodeando a esta cuestión, la defensa de los principios de igualdad, mérito y capacidad en al acceso a la función pública, y de la diligente y transparente utilización de los fondos públicos de la administración foral, requieren de la adopción de medidas firmes y coherentes como la que proponemos en este momento.



